La administración Trump ha intensificado su política agresiva, de carácter sistémico, contra los países del bloque soberanista regional: Cuba, Nicaragua y Venezuela.
Esto, vale decir, no sorprende a nadie, especialmente desde el ascenso de Marco Rubio a la Secretario de Estado.
El funcionario cubano-estadounidense, digno hijo del establishment burocrático de Washington, es un cruzado comprometido en "destruir" la izquierda regional, objetivo para el que ha dirigido especial interés en sus tres bastiones más transcendentales. Él ha logrado encajar en la visión del gobierno de Trump en cuanto a rediseñar el hemisferio, lo cual implica cambiar las correlaciones comerciales, ir a la captura de nuevos territorios y afianzar más la hegemonía en el "patio trasero".
Una de las estrategias de Washington para tal fin es el reordenamiento y reinstrumentación de los mecanismos de presión y choque contra las naciones que forman el bloque revolucionario latinoamericano más sólido.
Esto ha implicado, para Cuba, ser catalogada nuevamente como supuesto Estado "patrocinador del terrorismo", medida que ha prolongado el ciclo estructural de agresiones contra la Antilla mayor.
El siguiente trabajo se basa en describir el mecanismo de Lista de Estados patrocinadores del terrorismo, o State Sponsors of Terrorism (SSOT), aplicado a Cuba, como un mecanismo discrecional en la estructural e intrincada política de bloqueo sobre este país. Este caso se considera ilustrativo de criminalización contra una nación entera y de cómo se despliegan prácticas lesivas a su población. Por lo tanto, serán reseñadas sus principales aristas.
La deriva de Washington
Como es preciso recordar, Cuba fue incluida en la lista SSOT por Ronald Reagan en 1982, en la que permaneció injustificadamente hasta 2015, cuando Barack Obama ordenó un viraje táctico en las relaciones con la isla al flexibilizar el bloqueo en aras de producir un cambio de régimen mediante mecanismos de soft power.
Luego, el primer gobierno de Trump catalogó nuevamente el gobierno de La Habana como Estado que, supuestamente, patrocina el terrorismo. Lo hicieron en la puerta de salida de su gestión, en enero de 2021.
Seguidamente, la administración Biden sacó el país de la lista, si bien tardíamente. Vale la pena repetirlo: también lo hicieron en la puerta de salida del gobierno, en enero de 2025, a sabiendas del perfil de los funcionarios entrantes, en medio de las contradicciones debidas a la confrontación política interna estadounidense.
Luego, la administración Trump 2.0 apenas tardó una semana para volver a incluir a Cuba en esta lista negra, otra refutación en la prolongada deriva de la política de Washington contra La Habana.
Desde 1982, la nación caribeña ha sido parte de esa lista. Es decir, durante 37 años.
Pero las salidas y reingresos en ese inefable inventario no obedecen a la política exterior cubana, ni a las decisiones de su gobierno, sino que han sido consecuencia de la discrecionalidad estadounidense y de la forma en que republicanos y demócratas prefieren recalibrar sus estrategias de agresión.
¿Qué implica declarar a Cuba como "patrocinante del terrorismo"?
Es necesario partir del siguiente punto: la declaratoria a un "Estado" como "patrocinante del terrorismo", en el amplio espectro de aplicación de las políticas agresivas norteamericanas, termina recayendo en su implementación y en cuestiones fácticas como un señalamiento generalizado contra un país, con consecuencias sobre toda la nación, incluido su gentilicio.
La lista SSOT es un mecanismo de política exterior que sanciona unilateralmente —al margen del Consejo de Seguridad de la ONU— a los países por discrecionalidad y designios, léase bien, de la Secretaría de Estado de Estados Unidos.
Este mecanismo se despliega cuando este Departamento —y no otro órgano de auxiliar o de seguridad— considera que un país ha prestado apoyo a actos de terrorismo internacional.
Esto es relevante porque Marco Rubio podría concluir que Venezuela es patrocinante de la "organización terrorista" Tren de Aragua, aunque las mismas agencias de inteligencia norteamericanas admitan que esta banda fue desmantelada en Venezuela, y que no está controlada ni actúa por órdenes del gobierno venezolano.
La designación como SSOT tiene un carácter fundamentalmente político y refuerza el rol de policía global que el gobierno de Washington se ha dado a sí mismo con vistas a determinar qué país es terrorista para sancionarlo al margen de la Carta de Naciones Unidas.
Tratándose de Estados Unidos, autor de los ataques aéreos masivos para "la defensa de los derechos humanos" en Belgrado, de las "armas de destrucción masiva" en Irak y de los "bombardeos humanitarios" en Libia, es posible que Cuba sea tan "patrocinador del terrorismo" de la misma manera en que el gobierno de Juan Guaidó era "legítimo". Las lógicas de Washington son completamente flexibles y funcionales.
Además de Cuba, otros tres países están actualmente etiquetados como Estados patrocinadores del terrorismo: Corea del Norte, Irán y Siria. La designación está destinada a países que han "prestado apoyo repetidamente a actos de terrorismo internacional".
El perfil de un Estado patrocinador del terrorismo está claramente definido en la ley, pero a menudo se pasa por alto en los debates políticamente cargados sobre la designación contra la mayor de las Antillas.
La base legal de este mecanismo está consagrada en tres instrumentos: la sección 1 754 (c) de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el Año Fiscal 2019, la sección 40 de la Ley de Control de Exportación de Armas y la sección 620 A de la Ley de Asistencia Exterior de 1961.
Según admite el think tank proestablishment Oficina de Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, por sus siglas en inglés), la designación SSOT implica una amplia gama de sanciones que penalizan a las personas naturales y jurídicas —incluidos gobiernos— que realicen determinados intercambios comerciales, académicos y militares con los países señalados.
Estos mecanismos son aplicados por Washington de manera extraterritorial, y en la mayoría de los casos cuentan con respaldo de gobiernos del mundo occidental.
El significado de esta política sobre la población cubana
Las consecuencias de criminalizar injustificadamente el Estado cubano tienen un espectro de repercusión mucho más allá del gobierno de la isla.
Banca y finanzas:
El sistema bancario internacional suele imponer condiciones injustificadas o simplemente da la espalda a cualquier posibilidad de relacionamiento con Cuba, con sus empresas estatales y privadas, con extranjeros residentes o visitantes en el país y con ciudadanos de la isla.
Abrir cuentas bancarias en el extranjero, usar instrumentos de cobro y pagos internacionales, y el acceso a banca digital mediante el uso de servidores representan obstáculos sistemáticos y profundos para el desarrollo de las actividades económicas cubanas.
Esta forma de "sobrecumplimiento" de sanciones, según el gobierno de La Habana, tiene una consecuencia especial en la actividad turística y comercial del país, lo cual debilita el potencial de crecimiento económico e integral de la isla y mengua sus capacidades de ingresos. Muchas veces es difícil que una tarjeta visa de un ciudadano extranjero pueda pasar en un punto de venta.
Otra de las denominaciones más graves en la privación al país y a su gente de servicios bancarios es la que repercute en el acceso a créditos en diversos ámbitos. Tanto para el gobierno cubano como para las personas jurídicas de esa nacionalidad, esto es técnicamente imposible en muchos casos, y así se colateraliza en la economía al contener las posibilidades de inversión.
Pero la privación de sistemas bancarios ha traído consecuencias directas sobre las propias familias debido a los obstáculos para el envío de remesas hacia el país desde el extranjero. Aunque existen algunas plataformas como Vidaipay y Tocopay en muchos casos las familias emplean el envío de efectivo de manera informal.
Ayuda humanitaria y programas de apoyo:
Es posible que cualquier grupo religioso, ONG o gobierno extranjero encuentre grandes barreras para ayudar a la población de Cuba en cuestiones esenciales.
Según WOLA, la política de la SSOT crea condiciones que criminalizan, estigmatizan y señalan cualquier tipo de actividad humanitaria en beneficio de la población, al considerarla una ayuda o colaboración al Estado cubano o al referir el "riesgo" de que las actividades con fines humanitarias repercutan en coadyuvar el "terrorismo".
En lo práctico, las restricciones se han traducido en el bloqueo de fletes de ayuda con bienes con destino al país caribeño, al volverse imposibles los pagos comerciales y la actividad interbancaria mínima para pagos de transporte por estas iniciativas.
Desarrollo académico y científico:
Cuba es, desde hace años, un pionero en la vacunación contra el cáncer de pulmón. Este gran logro científico se ha producido a contracorriente de las políticas de criminalización sobre toda la nación. Sin embargo, para la isla, compartir y desarrollar ese logro es muy complejo.
Una de las denominaciones concretas de las políticas SSOT consiste en inhibir viajes e intercambios académicos, lo cual se ha colateralizado en el desarrollo científico y tecnológico del país, lo cual posiblemente ha impedido el máximo impulso del potencial académico de la mayor de las Antillas, para su beneficio propio y para bien de la humanidad.
En los hechos, por ejemplo, sería muy difícil para cualquier universidad o empresa farmacéutica pública o privada desarrollar actividades de colaboración y desarrollo con Cuba pues estas personas jurídicas estarían sujetas a multas o sanciones por asociarse o intercambiar experiencias con el Estado cubano.
Otro ejemplo es que el país tiene grandes dificultades para la asociación en materia de desarrollo energético. Tan siquiera compartir conocimientos en materia de energía eléctrica y sus tecnologías podría ser penalizado. Esta nación lidia con limitaciones de equipamiento y de infraestructuras, ha pasado por difíciles apagones nacionales que han creado graves problemas a la cotidianidad de la población y han afectado sus actividades económicas internas.
Otras grandes repercusiones del bloqueo a Cuba, mediante políticas como la de SSOT, son abrumadoras.
Desde el año 1960 y hasta el año 2022 el país contabilizó unas pérdidas económicas netas superiores a los 148 mil millones de dólares. Pero, considerando la depreciación del dólar, el coste real del bloqueo a precios actuales es superior a un billón de dólares. Esa cifra representa 10 veces el tamaño del PIB del país durante 2023.
Más de 80% de la población cubana ha nacido en tiempos de bloqueo.
Desde 2013 hasta 2021, periodo cuando se produjo una flexibilización del bloqueo sobre la isla, emigraron unas 195 mil personas. Pero el recrudecimiento de medidas por parte de la administración Trump —que fueron sostenidas por el gobierno de Biden— generó, solo en el periodo entre 2022 y 2024, la emigración de casi 515 mil cubanos.
Las afectaciones al desarrollo energético de la nación caribeña son estructurales. Ello se aprecia en un déficit energético profundo por fallas en el suministro y dificultades para el acceso a combustibles, este último ítem un elemento agravado también por el efecto de las medidas de bloqueo contra Venezuela.
Las políticas SSOT como método de bloqueo
El largo proceso histórico de bloqueo contra Cuba ha trascendido los periodos y las razones políticas e ideológicas que, en teoría, lo "justificaban", incluido el contexto de Guerra Fría cuando fue fraguado.
Sin embargo, incorporar a la isla en la lista negra de países que apoyan el terrorismo en 1982 funcionó desde entonces, y hasta el presente, como un mecanismo alterno de criminalización y construcción de falso expediente, a modo de justificar las agresiones.
El marco metodológico de ello es la aplicación de facto de medidas de bloqueo contra la población en general, bajo el paraguas de "castigo" al Estado cubano.
La política se ejecuta de manera unilateral y discrecional por Estados Unidos aplicando sanciones primarias y secundarias a cualquier país o entidad que se relacione con Cuba, a modo de un bypass de las sanciones legalmente permitidas en la Carta de Naciones Unidas, que solo serían aprobadas por el Consejo de Seguridad de la ONU. Este órgano nunca ha aprobado sanciones contra la isla y, más bien, la Asamblea General de la Organización ha votado mayoritariamente durante años por el fin del bloqueo, sin conseguirlo. Esto deja al relieve la ilegalidad de estos actos hostiles.
Entonces, desde estas premisas del Derecho Internacional Público, el bloqueo es claramente ilegal. Pero las medidas dentro de la SSOT brindan un enfoque difuso en el derecho para hacer trascender la asfixia, aplicarla en el terreno y desarrollar el patrón incremental y expansivo del daño generalizado al país.
Es, en toda línea, un recurso accesorio, complementario e instrumental de la política estructural de asedio.
Ahora, el carácter de este tipo de agresiones adquiere un nuevo significado en el segundo mandato de Donald Trump pues el Departamento de Estado, a cargo de Marco Rubio, empleará las medidas SSOT al máximo, seguramente desarrollando sus atributos e incrementando los mecanismos de presión directa.